Capítulo IV – Instalación, puesta en servicio y mantenimiento
Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo (RIPCI)
Artículo 19. Instalación y puesta en servicio
Las instalaciones de protección activa contra incendios deben realizarse conforme al proyecto, el Reglamento, sus anexos y normas UNE aplicables.
Tras la instalación, se realizará una revisión y comprobación documentada de la conformidad.
La puesta en servicio requiere la emisión de un certificado de la empresa instaladora y, en su caso, de la mantenedora.
Artículo 20. Documentación de la instalación
El titular recibirá:
- Certificados de instalación.
- Proyectos, memoria técnica o documentación técnica según corresponda.
- Instrucciones de uso y mantenimiento.
- Plano/s de situación y funcionamiento.
- Programa de mantenimiento mínimo (Anexo II).
La documentación debe conservarse y mantenerse actualizada durante la vida útil de la instalación.
Artículo 21. Puesta en servicio
Para edificios o locales con proyecto, la puesta en servicio requiere certificado de dirección de obra, certificado de la empresa instaladora y, si aplica, de la mantenedora.
Para instalaciones sin proyecto, bastará con los certificados de instalación y mantenimiento, y el certificado del titular conforme al uso previsto.
Artículo 22. Responsabilidad en la puesta en servicio
La puesta en servicio sin los certificados exigidos será responsabilidad del titular, sin perjuicio de las responsabilidades de las empresas intervinientes.
Artículo 23. Mantenimiento
- El mantenimiento debe realizarse según las instrucciones de los fabricantes y el programa de mantenimiento mínimo del Anexo II.
- El titular debe contratar una empresa mantenedora habilitada o acreditar que dispone de los medios y personal necesarios.
- Se debe llevar un registro de operaciones de mantenimiento.
Artículo 24. Revisión y control
Las empresas instaladoras y mantenedoras están obligadas a llevar un registro actualizado de sus intervenciones y mantener la documentación a disposición de la Administración durante al menos cinco años.
Fuente oficial: BOE-A-2017-6606
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