Altura de instalación de las BIE: lo que ya exigía el RIPCI de 1993 Resumen rápido: El límite de 1,50 m de altura en las Bocas de Incendio Equipadas (BIE) NO nació con el RIPCI 2017. Ya era exigible bajo el RD 1942/1993 . Por tanto, una instalación ejecutada en 2010 que supere dicha altura podría considerarse un incumplimiento original aunque en su momento fuese legalizada o inspeccionada favorablemente. En muchas inspecciones PCI aparecen dudas relacionadas con la altura de instalación de las Bocas de Incendio Equipadas (BIE) , especialmente en instalaciones antiguas legalizadas antes del actual RIPCI 2017 . Uno de los errores más habituales es pensar que el requisito de altura máxima de 1,50 metros apareció con el nuevo reglamento. Sin embargo, técnicamente esto no es correcto. 1. Qué decía realmente el RIPCI de 1993 El antiguo RD 1942/1993 , plenamente vigente en el año 2010, ya establecía lo siguiente: “Las BIE deberán montarse sobre un soporte rígido de forma que...